Conversatorio: Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada vs. Propiedad Comunitaria Indígena en las ciudades
Organizado por El Tejido de Profesionales Indígenas de Argentina El territorio indígena no es una mercancía: pueblos originarios debatirán el avance de la propiedad privada y los riesgos de los desalojos El próximo viernes 21 de agosto, a las 19 horas, se realizará de manera virtual el conversatorio “Ley de Inviolabilidad de la Propiedad Privada vs. Propiedad Comunitaria Indígena en las ciudades”, un espacio de reflexión y debate sobre uno de los principales conflictos que atraviesan actualmente a los pueblos indígenas en Argentina: la tensión entre el régimen de propiedad privada y el reconocimiento de los territorios comunitarios indígenas. El conversatorio se realizara por el canal de YouTube del Tejido de Profesionales Indígenas de Argentina. Inscripción: bit.ly/4gAQVep – acceso escaneando QR en imagen. La actividad se desarrolla en un contexto marcado por el avance de reformas legales que modifican las condiciones de acceso, posesión y propiedad de la tierra, y por la pérdida de herramientas de protección para las comunidades indígenas. Entre ellas, la discusión en torno a la Ley 26.160, que durante años estableció la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras tradicionalmente ocupadas por comunidades indígenas y suspendió la ejecución de desalojos mientras se avanzaba en el relevamiento territorial. El debate cobra especial relevancia frente a las denuncias de desalojos y conflictos territoriales que continúan produciéndose en distintos puntos del país. En junio de 2026, por ejemplo, familias de la comunidad diaguita de Las Pailas, en Cachi, Salta, denunciaron que un operativo de desalojo terminó afectando unas 40 hectáreas y dejó a alrededor de 60 personas sin acceso a viviendas, cultivos, animales, herramientas y fuentes de agua. La propiedad comunitaria frente a la lógica de la propiedad privada La discusión no se reduce a una cuestión de títulos o registros. La Constitución Nacional reconoce, en su artículo 75 inciso 17, la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas, así como el derecho a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan. Sin embargo, existe una profunda distancia entre el reconocimiento jurídico y su implementación efectiva. Un proyecto de ley sobre instrumentación de la propiedad comunitaria indígena presentado en el Senado señaló precisamente que persiste una importante brecha entre los derechos reconocidos y su garantía efectiva, y destacó que los tribunales provinciales muchas veces desconocen o no consideran adecuadamente la legislación indígena al intervenir en conflictos territoriales. En este sentido, la propiedad comunitaria no puede ser comprendida simplemente como una forma colectiva de propiedad privada. Para los pueblos indígenas, el territorio constituye una dimensión fundamental de la vida comunitaria, la identidad, la espiritualidad, la reproducción material y la continuidad de sus pueblos. De los territorios rurales a las ciudades Uno de los ejes centrales del conversatorio será precisamente discutir qué ocurre cuando los pueblos indígenas habitan y construyen comunidad en espacios urbanos. La presencia indígena en las ciudades continúa siendo invisibilizada por una mirada que asocia lo originario exclusivamente con comunidades rurales o territorios alejados de los centros urbanos. Lourdes Albornoz, trabajadora social, integrante del Tejido de Profesionales Indígenas y perteneciente al Pueblo Diaguita de El Mollar, ha señalado públicamente que existe una importante población que se reconoce indígena y vive en las ciudades. Desde esta perspectiva, la ciudad también puede ser pensada como territorio de reproducción comunitaria, memoria, identidad y organización indígena. La pregunta entonces deja de ser únicamente “¿quién tiene un título de propiedad?” para abrir interrogantes más profundos: ¿qué derechos tienen los pueblos preexistentes cuando sus comunidades se encuentran dentro de las ciudades? ¿Cómo se reconoce la propiedad comunitaria en contextos urbanos? ¿Qué sucede cuando la legislación sobre propiedad privada entra en contradicción con derechos territoriales indígenas reconocidos constitucionalmente? Una mirada desde el feminismo comunitario aymara El conversatorio también contará con una perspectiva profundamente vinculada a la crítica de la propiedad privada y la colonialidad. Adriana Guzmán, mujer indígena aymara de Bolivia, es referente del Feminismo Comunitario Antipatriarcal, educadora popular y una de las voces que ha desarrollado una crítica a las formas coloniales, patriarcales y capitalistas de organización de la vida. Guzmán ha planteado específicamente la problemática de la propiedad comunitaria en Argentina. En una entrevista realizada durante el conflicto territorial mapuche, cuestionó que el Estado argentino todavía no haya resuelto de manera general la titularización de territorios comunitarios y sostuvo que reconocer la preexistencia indígena implica también reconocer la propiedad comunitaria y otras formas de organización de la vida colectiva. Su mirada permite incorporar una dimensión política al debate: la propiedad privada no es la única forma posible de relación con la tierra. Frente a una concepción individual, mercantil y acumulativa del territorio, los pueblos indígenas sostienen formas comunitarias de relación con la tierra, el trabajo, la memoria y la reproducción de la vida. Un debate urgente frente al avance del despojo Organizaciones territoriales han advertido que el proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada debe analizarse junto con otras reformas impulsadas durante 2026, entre ellas modificaciones a la legislación sobre tierras rurales y otras normas vinculadas con la regulación territorial. Según estas organizaciones, las reformas podrían facilitar desalojos y ampliar las condiciones para la concentración y extranjerización de tierras. Frente a este escenario, el conversatorio propone recuperar una pregunta fundamental: ¿qué significa hablar de propiedad cuando estamos hablando de territorios indígenas? Porque para los pueblos originarios el territorio no es solamente una superficie delimitada por un catastro. Es memoria, comunidad, identidad, espiritualidad, trabajo, reproducción de la vida y continuidad histórica. “Los territorios indígenas no son objeto de litigio civil: son el espacio de reproducción material, cultural y espiritual de comunidades que preexisten al Estado.” La invitación es a participar de este diálogo y aportar a la construcción de herramientas para defender los derechos territoriales de los pueblos indígenas, tanto en ámbitos rurales como urbanos.